Concepto de Residuo
Se considera residuo a toda sustancia u objeto que su poseedor deseche, tenga la intención o la obligación de desechar, según lo establecido en el artículo 2.al) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Reutilización de Productos y Componentes
La reutilización implica cualquier acción por la cual productos o componentes que aún no son residuos vuelven a ser utilizados para el mismo propósito para el que fueron diseñados. Esto se encuentra definido en el artículo 2.aw) de la Ley 7/2022.
Calificación y Tratamiento de los Residuos
La consideración de un material como residuo depende de la decisión de su poseedor de desprenderse de él, al dejar de serle útil y convertirse en una carga. El objetivo de la economía circular es minimizar el impacto negativo de la generación y gestión de residuos sobre la salud humana y el entorno natural.
Una vez el residuo deja de tener utilidad, puede eliminarse o someterse a procesos de valorización. La valorización es un proceso mediante el cual el residuo adquiere una función útil, sustituyendo a otros materiales o preparándose para cumplir una función específica, ya sea en la instalación o en la economía en general. Por otro lado, la eliminación es cualquier operación distinta de la valorización, incluso si se aprovechan materiales o energía, siempre que este aprovechamiento no supere el 50 % en peso del residuo tratado.
Es importante destacar que el concepto de residuo no excluye las sustancias u objetos con valor comercial o potencial de reutilización económica, lo que contribuye a la conservación de recursos naturales y al desarrollo de una economía circular.
Fin de la Condición de Residuo
El fin de la condición de residuo puede lograrse a través de operaciones de valorización, como la preparación para la reutilización. Esto incluye actividades como la comprobación, limpieza o reparación de productos o componentes, que permiten su reutilización sin necesidad de una transformación adicional, siempre que cumplan las normas técnicas y de consumo aplicables.
El artículo 5 de la Ley 7/2022 establece que ciertos residuos, tras ser valorizados, pueden dejar de considerarse residuos, si cumplen las siguientes condiciones:
- Se destinan a finalidades específicas.
- Existe mercado o demanda para tales materiales.
- Cumplen los requisitos técnicos y legales aplicables.
- Su uso no genera impactos ambientales o riesgos para la salud.
La autoridad competente podrá regular los criterios específicos para aplicar estas condiciones a determinados residuos.
Residuos de Construcción y Demolición
Los residuos generados en actividades de construcción y demolición pueden prepararse para su reutilización, por ejemplo, como material de relleno, siempre que hayan sido sometidos a un proceso de valorización y cumplan los criterios establecidos en la normativa, tal como señala la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de noviembre de 2022 (Asunto C-238/21 Porr Bau UE). El material de excavación así tratado puede dejar de ser considerado residuo si cumple las condiciones de la Directiva 2008/98.
Además, la reutilización de estos materiales no debe verse obstaculizada por requisitos formales que no aportan beneficios reales para la protección ambiental, ya que esto iría en contra de los objetivos de la Directiva 2008/98, que busca aplicar la jerarquía de residuos, promover la valorización y preservar los recursos naturales para fomentar una economía circular.

Gestión Local y Medidas de Agilización
La gestión de los residuos de construcción y demolición también se aborda a nivel autonómico. Según el artículo 70.3 de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía, las autoridades medioambientales impulsarán medidas para agilizar y eliminar trabas administrativas en el almacenamiento temporal de estos residuos, especialmente en zonas rurales, así como para facilitar la reutilización de materiales naturales de excavación y el uso de residuos valorizados en operaciones de relleno, respetando siempre la normativa sectorial, sanitaria y ambiental vigente.